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Actualizar DEUDA en pesos a valor presente.

TRATAREMOS EN EL SIGUIENTE ARTICULO LA ACTUALIZACION MONETARIA EN JUICIOS OPCIONES

Una opción seria pedir la actualización monetaria mas la tasa activa del banco nación o provincia ( mas del 50%).

El problema es que la actualización monetaria esta prohibida por la ley de convertibilidad. Quizás con la nueva ley de alquileres dicho régimen quede parcialmente derogado, y por analogía derogado en todos sus casos análogos

Devaluacion y inflacion como hacer para que tus deudas , no se disuelvan en el tiempo????.

Algunos de las posibilidades serían:

ACTUALIZACIÓN MONETARIA:

Que solicito a V.E. tenga presente al momento de resolver sobre el
particular, que debido a la modificación de la ley 23.928 (Ley convertibilidad) por la ley 25.561 (Ley de Emergencia Económica), la cual dio lugar a la sanción del Decreto 214/2002, emitido por el Poder Ejecutivo Nacional, se provocó una palmaria devaluación de la moneda nacional y una pesificación de la economía; esta modificación en la Política Monetaria Nacional produjo una monstruosa inflación, desde la emisión de las mencionadas normas hasta el presente, sin poder imaginar cual será el índice inflacionario al momento del efectivo cobro de lo reclamado por el
actor. Frente a estos interrogantes el Tribunal del Trabajo Nro. 1 del Departamento Judicial de Morón, en los autos caratulados “PEÑA, GABRIELA c/ TREFILIO, JORGE s/DESPIDO”, ha sostenido recientemente lo siguiente: “…los hechos acontecidos en nuestro país culminaron con la ruptura de la convertibilidad dictando el parlamento la ley 25.561 en donde expresamente se hace
abandono de la misma… Este proceso conlleva a un mas que evidente deterioro del valor adquisitivo de la moneda, por lo cual renacen las causas que determinaron la indexación de los créditos en general y los laborales en especial”. “…el principio de afianzar la justicia y la garantía de una retribución justa exigen que la equivalencia de las prestaciones recíprocas respondan a la realidad de sus valores y a la finalidad de cada una de ellas, situación equitativa que resulta alterada cuando por culpa del deudor moroso la prestación a su cargo ha disminuido su valor real, su poder adquisitivo, por factores que no dependen del acreedor. De
allí que tanto los arts. 7 y 10 de la ley 23.928, modificados por el art. 4 de la ley 25.561 y el art. 5 del decreto 214/2002, al prohibir la indexación afectan el derecho a la propiedad del acreedor, quien percibiría su crédito con una moneda depreciada
en su poder adquisitivo que sería inferior al que tenía en la época en que se generó dicho crédito”.
Que con el mismo Norte, el Tribunal del Trabajo Nº 1 de la Ciudad de La Plata, en los autos caratulados “Ferreira, Diego F. C/ Monetti, Stella Maris y Salvatore Rafael s/ Despido” sostuvo lo siguiente:
“Volver a la aplicación de los índices de reajuste para paliar los efectos inflacionarios no significa una sanción para el empleador sino una solución para enervar los efectos del envilecimiento del signo monetario y por lo tanto no es un castigo por el incumplimiento de una obligación; en todo caso configura un medio para que ella mantenga su valor desde el momento en que se generó la misma y únicamente para aquellos lapsos donde se verifique la inflación como ocurre en esta etapa desde el 1º-01-02, ya que en todo caso no debe confundirse la actualización
con los intereses que la obligación puede devengar por el incumplimiento, los cuales sí tienen un objetivo punitorio o moratorio por la imposibilidad de utilizar el capital
al acreedor.”

actualizar deuda en pesos a valor presente
Con devaluaciones e inflación , como actualizar deudas a valor presente?

SOLICITANDO ENTONCES: El Coeficiente de Estabilización de Referencia,previsto por el artículo 4º del Decreto 214/2002 del Poder Ejecutivo Nacional o en su defecto se ajuste de acuerdo al Índice de precios minoristas al consumidor determinado por el INDEC.

EL PROBLEMA DE LA CUESTIÓN ES QUE HAY QUE PEDIR LA INCONSTITUCIONALIDAD DE LA LEY DE CONVERTIBILIDAD Y PLANTEAR EL CASO FEDERAL.

OTRA OPCIÓN SERIA POR LO MENOS  SOLICITAR LA APLICACIÓN DE TASA ACTIVA DEL BANCO DE  LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

INTERESES.

Solicito se aplique la tasa activa de interés, cómo único medio para compeler el cumplimiento del crédito reclamado y de sostener la pérdida de valor que nuestra moneda experimenta como consecuencia de la incipiente inflación.

Para el caso que V.E. entienda aplicable la tasa pasiva, vengo a manifestar que dicha tasa resulta violatoria del derecho de propiedad garantizado por el art. 14 de la Constitución Nacional, por no guardar relación con la realidad económica imperante al momento del distracto.

No obstante ello, los casos en los que la SCBA ha establecido la aplicación de la tasa pasiva para operaciones de depósitos a treinta días, no capitalizable, se ha determinado que resulta aplicable la tasa pasiva más elevada, representada a la fecha por la del plazo fijo digital, denominada BIP (Banca Internet Provincia).

Ello, con el fin de mantener la decisión dentro de la doctrina legal de la SCBA, y evitar una pérdida mayor al acreedor, cuyo daño moratorio es hoy en día reconocido en ínfima proporción en las sentencias, y consecuentemente, asumido en su mayor parte por el mismo. En la práctica esto significa que el uso de esta tasa como referencia para calcular los intereses moratorios permite garantizar el respeto a las tres pautas dadas por el Máximo Tribunal en su doctrina legal vigente.

 

LOS MISMOS PARÁMETROS SE PUEDEN IMPLEMENTAR PARA DEUDAS QUE NO SEAN LABORALES

 

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5 Comments
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Olga Zulema Gomez
Olga Zulema Gomez
8 months ago

Cómo actualizar la plata de un juicio que tiene 5 años en ese momento era $500000 en septiembre del 2018

Osvaldo Berthoud
Osvaldo Berthoud
2 years ago

Estimados cobro una renta vitalicia por viudes en el 2002 inicie juicio por pesificacion 2011 salió a mi favor AFIP descontó 114.000 pesos x ganancias, ahora que la suprema corte ordenó la devolución cómo tengo que hacer, gracias

Laura
Laura
2 years ago

Hola . Consulta. Una persona me debe 450$ hace dos año.y medio. En cuanto seria el valor actualizado hoy?

Bettina Bruzzone
Bettina Bruzzone
2 years ago

Si en el 2015 se adeudan 20.000$ cuánto sería hoy

Laura icazzatti
Laura icazzatti
3 years ago

Quisiera saber cuánto es el interés de una deuda de $33.357 desde Septiembre del 2019 al 31/03/21

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