El Poder Ejecutivo Nacional reglamentó la Ley 26.682, que estableció un régimen de regulación de las empresas de medicina prepaga. A través del decreto 1993/2011, publicado hoy en el Boletín Oficial, se sistematizó esta norma, que fija las pautas referidas a las prestaciones que se deben cubrir; modelos de contratos y sus aspectos legales; aranceles a los prestadores y formas de pago.
También se regularon las obligaciones que competen a las partes involucradas y sanciones aplicables por infracciones a la ley, además de los planes de adhesión voluntaria y los superadores o complementarios por mayores servicios que comercialicen los Agentes del Seguro de Salud.
Firman el decreto la Presidente de la Nación, Cristina de Kirchner; el jefe de Gabinete, Aníbal Fernández; la ministra de Desarrollo Social, Alicia Kirchner; y el ministro de Salud, Juan Manzur.
Las personas designadas como titulares, fundadores, directores, administradores, miembros de los consejos de vigilancia, síndicos, liquidadores o gerentes de las entidades de la Ley 26.682, previamente deberán suministrar a la Superintendencia de Servicios de Salud una determinada información.
Deben presentar certificado emitido por la Inspección General de Justicia (I.G.J.) que acredite no encontrarse comprendido por las inhabilidades e incompatibilidades previstas en el artículo 264 de la Ley 19.550 y sus modificatorias de Sociedades Comerciales, y certificación de antecedentes emitida por el Registro de Juicios Universales.
También acreditación del domicilio real expedido por la Policía de la jurisdicción de residencia; certificado de inhibición general de bienes expedido por el Registro de la Propiedad Inmueble con jurisdicción en el domicilio del interesado, y certificado de Antecedentes Penales emitido por el Registro Nacional de Reincidencia.
Por su parte, la Superintendencia de Servicios de Salud designará síndicos, auditores y veedores, que tendrán por cometido la fiscalización y control de los actos de los órganos y funcionarios de los sujetos mencionados y vinculados con el cumplimiento de las normas y disposiciones de la Ley 26.682 y de esta reglamentación.
El Registro Nacional de los sujetos comprendidos en el artículo 1º de la Ley, se denominará Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga.
Deben inscribirse en este Registro las empresas de medicina prepaga definidas en el artículo 2º de la Ley; las obras sociales comprendidas en el artículo 1º de la Ley 23.660, y las entidades adheridas o que en el futuro se adhieran como Agentes del Seguro al Sistema Nacional del Seguro de Salud regulado en la Ley 23.661, que comercialicen planes de salud de adhesión voluntarios (individuales o corporativos).
También las cooperativas, mutuales, asociaciones civiles y fundaciones, con los alcances del segundo párrafo del artículo 1º de esta Ley.
El Padrón Nacional de Usuarios se creará con la información proporcionada por las entidades, que obligatoriamente deben inscribirse en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga.
Los hijos menores de 21 años que desarrollan una actividad profesional, comercial o laboral y cesan en dicha actividad, podrán incorporarse como integrantes del grupo familiar primario a cargo del titular.
También podrán sumarse como integrantes del grupo familiar primario a cargo del titular los hijos incapacitados con certificado de discapacidad vigente y a cargo del afiliado titular, mayores de 21 años; los hijos del cónyuge o del conviviente y los menores cuya guarda y tutela haya sido acordada por autoridad judicial o administrativa o guarda judicial con fines de adopción.
También podrán incorporarse como integrantes del grupo familiar primario a cargo del titular los hermanos incapacitados del afiliado titular, mayores de 18 años, cuya curatela haya sido acordada por autoridad judicial.
La Superintendencia de Servicios de Salud podrá autorizar la inclusión como usuarios de otros ascendientes o descendientes por consanguinidad del titular y que se encuentren a su cargo, en cuyo caso autorizará los valores diferenciales de las cuotas por la incorporación de dichas personas.
La Superintendencia implementará la estructura de costos que deberán presentar las entidades, con los cálculos actuariales necesarios, la verificación fehaciente de incremento del costo de las prestaciones obligatorias, suplementarias y complementarias, las nuevas tecnologías y reglamentaciones legales que modifiquen o se introduzcan en el Programa Médico Obligatorio (PMO).
Además, el incremento de costos de recursos humanos y cualquier otra circunstancia que la Superintendencia y las entidades comprendidas en la presente reglamentación, consideren que incide sobre los costos de la cuota de los planes ya autorizados.
La diferenciación de la cuota por plan y por grupo etario sólo podrá darse al momento de la entrada del usuario al sistema. Una vez ingresado, la cuota sólo podrá modificarse por los aumentos expresamente autorizados, con excepción del régimen establecido para aquellos que alcancen los 65 años de edad y que no cuenten con 10 años de antigüedad continua en la misma entidad.
Buenas Tardes, cuento con 69 años y mi esposa 65. Deseo saber si puedo ingresar al sistema de salud que presta OSDE. Soy afiliado a HOMINIS , la prepaga del Sanatorio Guemes desde el año 2006 de manera ininterrumpida. La prestacion del Sanatorio mencionado es muy mala o nula. Poseo varias patologias (preexistencias), tambien mi esposa….puedo ingresar? y, en caso afirmativo, quien regulara mi cuota ???., desde ya , muchas gracias Carlos
Buenos días. Actualmente poseo la prepaga Medicus, la cual abono de forma individual, no por aportes. Mis vencimientos de factura son a principio de cada mes (los días 5). A hoy 25 de septiembre, tengo todas las cuotas pagas, incluída octubre(su vencimiento es el 5 de octubre) Me quiero dar de baja, y por telefono me dijeron que me tengo que acercar a una sucursal, pero además me dicen que me va a llegar la factura del mes de noviembre (vencimiento 5/11) Qué ley me ampara para defender esto? Yo me quiero dar de baja ahora, tener cubierto hasta octubre,… Read more »
si te ampara la ley de medicina prepaga y su decreto reglamentario
tenes que hacer la denuncia en superintendencia y sino sacar turno para el estudio
Hola buenas tardes, estoy en relacion de dependencia y pago la diferencia de la prepaga Accord salud, me suspendieron la cobertura por tener 3 cuotas impagas, sin previo aviso, Ya realice el pago con tarjeta pero me dicen q dentro de 3 dias recien puedo volver a tener cobertura, segun tengo entendido deberia tener el plan medico obligatorio o cobertura basica ya que los aportes de mi empleador les siguen llegando. Tengo que ir a la guardia con mi hija y me dicen que no tengo cobertura. esto es asI? como puedo reclamar ??? ya llamé y no me dan… Read more »
sigues con la cobertura de la obra social UP en ese caso hasta que te den de alta de la prepaga
igualmente debieron intimar antes de dar de baja
Hola: Mi papa es jubilado hace 6 años. Desde hace 20 años que es socio de sancor Salud y lo dieron de baja hacer 2 meses del grupo familiar (sin informarselo) porque dicen que desde ahora debe pertenecer a Pami… no tiene deudas. Es legal esto? se puede hacer algo? Gracias
cuando se jubilo opto por PAMI???
Hola: no opto por nada ni tampoco se afilio jamas
Hola, quería consultarles, el año pasado quise darme de baja en OSDE y me dijeron que debía pagar los dos meses de deuda que debía y recién me iban a dar de baja, cuestión pagué la deuda pero se me sumaron dos meses más y ya no pude pagar ni dar de baja, ahora me mandan mails todos los diciendo que que tengo que pagar la deuda de 4 meses más intereses. Realmente no me encuentro en la posibilidad de pagar porque no tengo trabajo y soy estudiante. Qué debo hacer?
tendrías que venir para el estudio para ver tu caso puntual
Hola…quería consultar ya que tenemos Osde a través del bono de sueldo de mi esposa. Es decir una parte la paga el empleador a través del 931 con los aportes y contribuciones y otra parte la abono yo en forma particular. El tema es que el empleador no ha pagado el f931 de los últimos 5meses y yo sí he estado pagando al día y mi sra. Fue a colocarle unas vacunas a la bebé y nos dijeron que estaba rechazado. Llamé a osde y me dijeron que sí nos habían dado de baja y que lo habían comunicado telefónicamente… Read more »
Hay que intimar por un lado al empleador
pero principalmente a OSDE ya que no te aviso de la baja, y estas sin cobertura medica bajo apercibimiento de amparo daños y perjuicios
Hola hace 3 meses q no uso la prepaga Omint y no pague las 3 últimas boletas, le puedo dar de Baja sin pagar? Pasa q vinieron exorbitantes las cuotas, porque me cobran por mi bebe y leyendo me entero que tienen q cubrirlo hasta el año, es así?
Estimada en primer lugar se puede romper el vinculo contractual ante la falta de pago de tres cuotas integras y consecutivas, en el caso de deuda te pueden intimar a regularizar el pago en plazo de 10 días hábiles. Con respecto a tu segunda consulta el PMI (Plan materno infantil) determina que las obras sociales y las prepagas deben cubrir la atención del bebe (medicamentos, vacunas etc) hasta el año de vida. Para una mejor atención te sugerimos que te dirijas a nuestro estudio ya que debido a la gran demanda de comentarios evacuamos las consultas que consideramos de suma… Read more »
Hola! tengo la prepaga Sancor salud con el plan 1000. Me están cobrando por la cobertura de mi bebé de 3 meses, cuando contrate la prepaga hace mas de dos años me dijeron que en caso de tener hijos la cobertura del bebé era sin cargo hasta el primer año de vida por el plan materno infantil, llame y reclame ya que me están cobrando $1199 extras en detalle dice «dif. valor plan liq, incorporación hijo» y en el call center me dicen que solo cubre al recién nacido el primer mes de vida, solo 30 días. ¿es así?
no, claramente no
deben cubrirte , estas en en plan materno Infantil,
Llamanos con una carta documento y un llamado por telefono se resuelve, hemos tenido otros casos similares
es lamentable lo que hacen para lucrar
Buenas tardes Tengo una discapacidad de hipoacusía profunda y 59 años de edad. No tengo problemas de salud salvo si tengo hipoacusía profunda y mi señora también. Mis hijos son personas normales sin discapacidad. En diciembre me presenté en Accord Salud para solicitar afiliación para mi esposa y para mí y resulta que nos quiere cobrar un plus de muy alto costo lo cual es imposible pagar por mes, es decir, menos de $6000 por mes más la cuota de prepaga. Esto es injusto y lo considero ilegal. Pero cuando reclamé en SSSalud, me dijo ayer que no tiene facultad… Read more »
soy asociada a swiss medical desde 1992 antes el descuento en fcia era 60% luego lo bajaron a 40% antes cuando pasaban 20 años de socio te subían a una categoría mayor al mismo precio antes tenías 1 par de anteojos gratis x año luego 50% ahora nada con mi hijo mayor no pagué ortodoncia año 1999 con el 2º tampoco año 2000 con la 3a año 2007 tuve k pagar 50% PERO no era un importe significativo con la 4a 2010 igual ahora deben modificar en el tratamiento a un aparato fijo en un solo sector de la boca… Read more »
Hola! yo tenia la prepaga omint, por los asportes del trabajo y pagaba una diferencia, por no estar conforme con el servicio me cambie y desde Marzo tengo Medife, como nadie me informo yo no di de baja Omint, porque crei que como era por los aportes al derivarse a otra obra social se daba de baja. Ahora me llega la factura de marzo y abril. En omint me dijeron que tengo que dar la baja personalmente, mi consulta es si tengo la obligacion de pagarlas, ya que yo le pague a medife la diferencia de esos meses y si… Read more »
Hola mi consulta es la siguiente mantengo una deuda con osde , ellos no registraban mis aportes entonces me cobraban la cuota en su totalidad. Los aportes se estaban realizando no me los quieren reconocer cobrandome la cuota sin descuento, me intimaron por medio telefonico y con carta de un estudio juridico, puedo ingresar al veraz» ‘?que puedo hacer para que reconozcan mis aportes?
Hay que hacer el reclamo formal via nota por duplicado con fundamentos y apercibimientos legales solicitándoles tengan en cuenta los aportes realizados.
Llamanos y lo vemos en profundidad, 5430 3591 de 930 a 11 30 hs y de 17 a 20 hs.
Hola. Mi papá tenía un plan en una prepaga, por intermedio de mi empresa. Resulta que la empresa cerró, lo cual fue notificado a la prepaga, por lo que mi papá decidió continuar en la misma prepaga pero con un plan más acorde a sus posibilidades, es decir más barato. Todo lo hizo en forma verbal y vía mail, pero nunca le confirmaban el traspaso efectivo ni el importe que debería pagar. Así pasaron 3 meses sin que mi padre usara los servicios, y sin tener respuesta efectiva, hasta que después de tanto insistir le pasaron un estado de deuda… Read more »
Trabajaba en un Banco e hice una jubilación anticipada saliendo el 1 de mayo del cte. y mi prepaga CONSALUD (OSPAT OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DEL TURF) me cadelató se me dará d baja pasados 3 meses. Deseo continuar en la misma aún abonando algo más pero se me negó tal posibilidad, demás está explicar las dificultades de encontrar a nuestra edad una que nos contengsa a un precio razonable. queremos asesoramiento para continuar en ella. Gracias
Con la nueva ley de medicina prepaga ya no te pueden rechazar en ninguna prepaga por motivos de edad.
Estimados, el tema es el siguiente: desde enero de 2012 que dejè de pagar el adicional que me corresponde para cubrir el total del costo mensual de mi prepaga. Ademas me dicen que debo varias cuotas del año 2011.- Mi pregunta es: Me puden exigir que abone la totalidad de la deuda, incluso ingresarme en el «veraz» por ej?? Me comentaron que no es exigible ni tampoco me generara problemas crediticios!!!!
Me enviaron un nota de varias facturas impagas pero jamas me intimaron!!!
les escribo debido a que estoy intentando hace algunos meses poner a mi papá a cargo en mi obra social (Galeno). Después de haberme solicitado innumerable documentación de ambos, ahora me informan que faltaría presentar la «Información Sumaria Judicial». Por lo que pude averiguar esto es para informar la convivencia, no?
Si bien tengo a mi papá a cargo, no convivimos. Él tiene su propia casa… Pueden rechazar mi solicitud por este motivo?
Gracias por el asesoramiento…
no deberian,
mas alla de ello tu padre puede pedir la afiliacion directamente como afiliado directo y lo tienen que tomar igual.
S:Atent
Soy monotributista, estaba afiliada a andar, pagando un plan plus para tener mejor cobertura hace mas de 13 años, en el mes de marzo me mandan una nota donde me informan que me dan de baja por estar jubilada. yo me jubile hace 6 años y nunca oculte mi jubilación, pedi ser incorporada como particular adherente, y me fue negado. debo decir que por la edad no me toman en las prepagas y en las que si lo hacen los costos son muy altos. mi deseo es ser reincorporada por Andar ya que la prestación es muy buena. Me gustaria… Read more »
Hay que impugnar dicha baja y pedir el reintegro inmediato bajo apercibimiento de iniciar las acciones legales correspondientes, via carta documento.
Llamame y elaboramos la Carta Documento.
S.Atentamente
46270825
1551077902.
Buenas queria consultar el siguiente caso, el 23 de marzo osde me dio de baja mi cuenta a mi y a mi grupo familiar debido a que mi empleador se atraso en el pago de los aportes en los meses de dic 2011, enero y febrero 2012, no obstante al no entrar los aportes las facturas por la diferencia de la cuota del plan venia por la totalidad del costo del plan por empresa o sea como 200 pesos mas caras porque no entraban los aportes, estas facturas fueron pagadas en su totalidad en tiempo y forma y por eso… Read more »
Lamentablemente no puedo entender bien el tema que no entraban los aportes pero si pagaban las facturas Si pagaron las facturas y se les acredito el pago, » y lo aceptaron» no entiendo donde esta la falta de pago Mas alla de eso, la reglamentación es clara, suponiendo que no allas pagado durante 3 meses igualmente te tiene que intimar fehaciente mente y esperar 10 dias, La reglamentacion es clara del art 9 de la LMP a) Por falta de pago de TRES (3) cuotas íntegras y consecutivas: En este caso, será obligación de la entidad notificar de inmediato laconstitución… Read more »
Nescesito saber si por internación por adicciones pueden aplicar período de carencia (OSDE)
Mi consulta especifica es con respecto a como esta la situacion para afiliar a mayores de 65 años a alguna Empresa de Medicina Prepaga. Me dirigi personalmente a una filial de OSDE y me informaron que todavia no estan incorparando a mayores de 65 años por que la ley aun no esta en su totalidad Reglamentada. Que me pueden decir al respecto? Muchas Gracias.