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Obra Social. Que hacer cuando se esta por jubilarse? que pasa si opto Instituto   Nacional   de   Servicios   Sociales   para   Jubilados   y   Pensionados?

Obra Social. Que hacer cuando se esta por jubilarse?

La normativa que rige es el art 16 de la ley 19032. Antes de jubilarse , hay que iniciar las tratativas con la obra social para que te den continuidad , caso de negativa iniciar acciones legales. Si optas podes perder el derecho.  La Ley y Jurisprudencia te ampara.

 

NORMATIVA.   Ley   19.032 /1971,   reformada   por   la   Ley   25.615/2002   y   Decreto   1.309/2002.  Instituto   Nacional   de   Servicios   Sociales   para   Jubilados   y   Pensionados.

Artículo   16   de   la   Ley   19.032.

   A  partir   de   la   vigencia   de   esta   Ley,   los   Jubilados   y   Pensionados   obligatoriamente   comprendidos   en   cualquiera   de   las   Obras   Sociales   mencionadas   en   el   artículo   1   de   la   Ley   18.610,   art.   modificado   por   la   Ley   18.980,   aportarán   únicamente   al    Instituto   creado   por   la   presente,   manteniendo   sin   embargo   su   afiliación   a   aquéllas (Obras   Sociales)   con   todos   los   derechos   y   obligaciones   que   los   respectivos   estatutos   orgánicos   y   reglamentaciones   determinen.   En   los   casos   precedentemente   aludidos,   el   Instituto   deberá   convenir   con   las   respectivas   Obras   Sociales   los   reintegros   que   correspondan   por   los   servicios   que   presten   a   los   Jubilados   y   Pensionados»

Sin   perjuicio   de   lo   dispuesto   en   los   párrafos   anteriores,   los   Jubilados   y   Pensionados   podrán   OPTAR   por   incorporarse   directamente   al   presente   régimen,  en   cuyo   caso   cesarán   las   obligaciones   recíprocas   de   aquéllos   y   de   las   Obras   Sociales   a   las   que   se   encuentren  afiliados.”

La   Sala   II   de   la  CÁMARA   NACIONAL   CIVIL   y   COMERCIAL   FEDERAL ,   tal   como   lo   hizo   en   2.010,    CONFIRMÓ   el   pronunciamiento   que   HIZO   LUGAR   a   la   petición   cautelar   de   la   actora   de   CONSERVAR   su   CONDICIÓN   de   AFILIADA   a   su   OBRA   SOCIAL   al   JUBILARSE   y   le   garantizó   atención   médica,   para   ella   y   su   hijo   discapacitado.

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Carlos Norberto Pérez
Carlos Norberto Pérez
2 years ago

Buenas Tardes . Inicie los tramites de mi jubilacion , soy monotributista y afiliado a OSECAC desde el año 2008 y quiero seguir con la obra social yo y mi señora . Que debo hacer. Gracias

Elisabet Cruz
Elisabet Cruz
2 years ago

Comencé hace un mes mi tramite para jubilarme. En mi obra social me dijeron que por tres meses me garantizan las mismas prestaciones que en actividad. Mi inquietud es qué pasa si el trámite dura más de tres meses? Qué cobertura medica tengo? Gracias

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